PERSONAS SOCIAS

Según el Decreto 48/2019, de 21 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros Sociales de Personas Mayores de titularidad pública del Principado de Asturias, la condición de persona socia se recoge en su Artículo 13:

Adquisición de la condición de persona socia.

  1. Para adquirir la condición de persona socia es necesario estar empadronado en algún concejo de la comunidad autónoma del Principado de Asturias, no ser persona socia de otro centro de personas mayores de titularidad pública del Principado de Asturias, ni haber sido sancionada con expulsión definitiva de otro centro público similar y reunir al menos uno de los siguientes requisitos:

    1. Tener 60 años o más.

    2. Ser pensionista, estar en situación de prejubilación o jubilación parcial, con 55 años cumplidos.

    3. Ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de una persona que ya tenga la condición de socia, manteniendo dicha condición aun cuando se produzca el fallecimiento de ésta o desapareciera el vínculo que le dio acceso al centro.

  2. Excepcionalmente, a propuesta de la dirección y/o el/la trabajador/a, podrán obtener la condición de socio/a, aquellas personas, que no reuniendo ninguno de los requisitos anteriores, se encuentren en situaciones de especial vulnerabilidad o residan en territorios con escasos recursos de apoyo y socialización.

A las personas socias del centro se les facilitará un documento acreditativo de tal condición, que deberán mostrar a requerimiento del personal responsable del centro.

Para obtener la condición de socio es imprescindible pedir cita previa con la Trabajadora Social del Centro.

Acceso de las personas socias a los distintos centros (Artículo 15)

  1. La condición de socio/a de un centro permitirá el acceso a cualquiera de los demás centros del Principado de Asturias, si bien tendrán preferencia para participar en las actividades los socios de cada centro.

  2. Podrán colaborar, desinteresadamente, en las actividades del centro aquellas personas que, no teniendo la condición de persona socia, pueden ofrecer su experiencia, cualificación y tiempo.

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