jueves, 15 de diciembre de 2022

MODELO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTRO SOCIALES DE PERSONAS MAYORES

En Julio de 2019, la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, publica el Decreto 48/2019, de 21 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros Sociales de Personas Mayores de titularidad pública.

Con motivo de la pandemia sanitaria, tuvimos que retrasar el proceso de transformación hacía este modelo y lo que implicaba su aplicación.

Ahora que los Centros Sociales hemos retomado nuestra actividad lo más posible y que intentamos adaptarnos a la situación actual, el CSPM El Llano, inicia su proceso de transición para la aplicación de este decreto, con una primera fase de Información a todas los socios y socias, en la que explicaremos los siguientes conceptos:

¿POR QUÉ UN CAMBIO DE MODELO?

Porque la sociedad en la que vivimos está cambiando y las necesidades, intereses y aficiones de las personas mayores ahora son otras. Porque es importante para todas las personas poder participar activamente en nuestra sociedad y en nuestra comunidad.

¿LOS CENTROS SOCIALES DE PERSONAS MAYORES CAMBIAN?

NO, siguen siendo centros polivalentes y abiertos a la comunidad, que promueven la convivencia y la participación de todas las personas socias. Seguimos ofreciendo actividades variadas que promueven la autonomía y previenen las situaciones de dependencia.

ORGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CENTRO

La Asamblea General formado por todas las personas socias, la Dirección del centro y la Trabajadora Social y entre sus funciones está conocer y aprobar el programa de actividades, formular propuestas etc…

Las Juntas de Participación, tendrán entre 6 y 12 miembros en representación de las personas socias que participen en actividades, según la tipología expuesta.

El mandato tendrá una duración de tres años, con un máximo de dos mandatos consecutivos, y condicionado su mandato y reelección a la permanencia activa en el centro o la actividad para la que hubiera sido elegido/a.

TIPOLOGÍA DE ACTIVIDADES


FUNCIONES DE LA JUNTA DE PARTICIPACIÓN

  •  Representar a la personas socias.
  • Conocer presupuesto anual de actividades.
  • Informar a la asamblea anualmente de las actividades.
  • Elevar a la dirección del centro propuesta para el buen funcionamiento y colaborar con la misma en la organización de actividades.
  • Fomentar la participación de las personas mayores del barrio.
  • Promover unas relaciones de convivencia, participativas y democráticas.

PROCESO DE ELECCIÓN

  •   Serán electores y elegibles, cualquier persona socia que esté inscrito en una actividad, taller o grupo.
  •  Sólo se podrá aspirar a ser representante de una sola área de actividad.
  • Se realizará un censo de cada una de las actividades o talleres.
  • La elección será por votación secreta y será nombrada la persona que tenga más votos y dos suplentes por área.



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